El cargo del presidente colombiano, Gustavo Petro, no está en riesgo por la investigación y formulación de cargos del Consejo Nacional Electoral (CNE) contra su campaña de 2022 por la supuesta violación de los topes de gastos, según expertos en temas constitucionales.
El CNE considera que Petro, como candidato; el gerente de su campaña, Ricardo Roa, y otros miembros de su equipo deberán responder "por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales", pues se sospecha que superaron los topes de gasto establecidos y recurrieron a fuentes prohibidas que no declararon.
El mandatario está convencido de que la actuación del CNE es un "golpe de Estado" e incluso llevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) pues considera que ese organismo ha extralimitado sus funciones y no ha respetado su fuero presidencial.
Al respecto, el constitucionalista Juan Manuel Charry dijo a EFE que el CNE sí puede investigar y formular cargos contra los responsables de la campaña presidencial de Petro, lo que incluye al hoy jefe de Estado.
"El CNE sí puede investigar al presidente", señala tajantemente Charry, quien aclara que lo que no puede hacer ese organismo es "destituir al presidente", pues si llega a encontrar alguna responsabilidad de su parte, quien debe ocuparse del caso es el Congreso, su juez natural.
Charry explica que la Ley 996 de 2005 autoriza al CNE para que haga "revisiones y auditorías, en cualquier tiempo, a los ingresos y gastos de campaña, y en caso de comprobarse infracción se impondrán sanciones desde multas, congelación de giros, devolución de recursos y, tratándose del ganador de las elecciones presidenciales, el Congreso podrá decretar la pérdida del cargo, según el procedimiento de juicio político por indignidad".
Según el CNE la campaña de Petro violó los límites de gastos en 5.355 millones de pesos (unos 1,2 millones de dólares de hoy).
Para Charry es claro que el CNE sí puede investigar y formular cargos contra la campaña Petro, pero subraya que en caso de que haya sanciones, así sean administrativas, solo podrían recaer en la campaña y no en el presidente.
"La función del CNE es probar si hubo o no vulneraciones durante la campaña y, en caso de ser así, enviar las pruebas a la Cámara de Representantes, concretamente a la Comisión de Acusaciones", explica Charry, quien resalta que ese órgano es el único que puede acusar al jefe del Estado.
Si el CNE llega a probar que hubo irregularidades y envía el expediente a la Comisión de Acusaciones, ésta puede proponer a la plenaria de la Cámara de Representantes una acusación contra Petro que, si es aceptada, la traslada al Senado, en donde la estudiará una comisión equivalente que, a su vez la lleva a una plenaria.
"Si la plenaria acepta la acusación para adelantar el juicio se procede a suspender al presidente del cargo, se aplica la sanción y pierde el cargo como consecuencia de la infracción", explicó Charry.
Esa posibilidad es bastante remota ya que nunca el Congreso ha destituido a un presidente colombiano y el proceso que más lejos ha llegado fue el juicio político a Ernesto Samper (1994-1998), absuelto por la Cámara de Representantes de la acusación de ingreso de dinero del narcotráfico en su campaña electoral.
El exvicepresidente y exjefe negociador de paz Humberto de la Calle, también experto constitucionalista, considera "que el CNE no puede tumbar al presidente" porque aunque ese órgano "está habilitado para investigar todas las campañas", investigar la campaña de Petro en 2022 no es investigar al presidente.
"Petro terminará su periodo (el 7 de agosto de 2026). Su alegato del golpe, además de exagerado, le hace daño a Colombia", opinó De la Calle en su cuenta de X.
EFE